Los puestos de trabajo docentes de los Centros Educativos Públicos, de
necesaria dotación en cada curso escolar, que no están ocupados por
funcionarios de carrera, se cubren mediante el nombramiento de funcionarios
interinos. Por el mismo sistema, se sustituyen las ausencias por enfermedad,
permisos, etc., de los titulares de los puestos, durante el curso escolar.
Las normas para la elaboración de las listas de aspirantes,
adjudicación de plazas, llamamientos para sustituciones, etc., vienen
establecidas en la Orden EDU/60/2009, de 8 de junio, por la que se regula la provisión de empleo docente interino en los centros públicos.
Semanalmente se publica información sobre el movimiento de
las listas, dando cuenta del puesto que ocupan en ellas, los últimos aspirantes
que han sido nombrados.
Interinos